REGISTRO DE VERTIMIENTO

PERMISO DE VERTIMIENTO

Noticia
Permisos de vertimientos

Toda empresa que genere vertimientos industriales y esté conectado a una red de alcantarillado público no requiere tramitar el permiso de vertimientos, según el parágrafo 1 del artículo 41 del Decreto 3930 de 2010, este parágrafo se encuentra suspendido provisionalmente por la sección primera del consejo de estado mediante el auto 245 del 13 de octubre de 2011.

Así mismo las empresas para conocer la calidad de sus vertimientos y el cumplimiento de los límites máximos permisibles deberán realizar caracterizaciones anuales o según la periodicidad que los requerimientos de la autoridad ambiental los solicite.

Para las empresas que se localicen dentro del Distrito Capital es obligatorio el registro de vertimientos industriales, trámite que se realiza para establecer el inventario, ubicación y tipo de vertimiento, para esto es necesario diligenciar un formulario y anexar la información allí solicitada. Únicamente los vertimientos que requieren permiso son los que descarguen directamente hacia aguas superficiales, marinas o al suelo.